El alumnado podrá optar por dos opciones para acreditar sus estudios. Por un lado podrá solicitar en la Secretaría de la Escuela una Certificación Académica de los estudios realizados en el Centro.
Por otro lado, podrá solicitar el Título correspondiente al nivel de estudios finalizado, para lo que tendrá que abonar las tasas establecidas.
Para la obtención del Certificado correspondiente:
A) Certificado de Nivel Básico (A2): alumnado oficial apto en segundo curso del nivel básico y alumnado libre apto en las Pruebas Terminales Específicas de Certificación (PTECs) de segundo curso del de nivel básico.
B) Certificado de Nivel Intermedio (B1): alumnado oficial apto en primer curso del nivel intermedio B1 y alumnado libre apto en las Pruebas Terminales Específicas de Certificación (PTECs) de primer curso del nivel intermedio B1.
C) Certificado de Nivel Intermedio (B2): alumnado oficial apto en segundo curso del nivel intermedio B2 y alumnado libre apto en las Pruebas Terminales Específicas de Certificación (PTECs) de segundo curso del nivel intermedio B2.
D) Certificado de Nivel Avanzado (C1): alumnado oficial apto en segundo curso del nivel avanzado y alumnado libre apto en las Pruebas Terminales Específicas de Certificación (PTECs) de segundo curso del nivel avanzado.
CERTIFICACIONES PARCIALES (por destrezas):
Al alumnado, oficial o libre, que no obtenga el certificado (básico, intermedio o avanzado) por no haber superado las 4 destrezas, se le podrá expedir, a petición del mismo, una certificación académica de las destrezas que haya superado.
La solicitud debe presentarse en la Administración del Centro.
Descarga y cumplimenta la solicitud de certificado
Para la obtención del Título correspondiente, expedido por la Consejería del Educación, es necesario abonar una tasa de la Junta de Andalucía (modelo 046). Tasa y solicitud deben de presentarse en la Administración del Centro.
CONCEPTO 0049 – (MODELO 046) |
ORDINARIA |
FAMILIA NUMEROSA (50%) |
Certificado de Nivel Básico, Intermedio y Avanzado de Enseñanzas de Idiomas |
26,39 € |
13,20 € |
Duplicados de Títulos |
26,39 € |
13,20 € |
Expedición de tarjetas de identidad |
1,27 € |
0,64 € |
Bonificaciones
Los beneficiarios de familia numerosa de categoría general abonarán el 50% de la tasa (Ley 40/2003, de 18 de noviembre).
Exenciones
Están exentos del pago de tasas por expedición de títulos académicos:
1) Las víctimas de actos terroristas así como sus cónyuges e hijos (ley 15/2001, de 26 de diciembre BOJA de 31/12/2001).
2) Los beneficiarios de familia numerosa de categoría especial (categoría establecida en Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección a las Familias Numerosas).
3) La expedición de títulos duplicados por causa imputable a la Administración.
4) Las víctimas de violencia de género, doméstica o ambas.
5) Las personas con discapacidad, en grado superior o igual a 33%.
6) Los beneficiarios de ingreso mínimo vital.